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El arraigo social ya no existe: esto es lo que hay

El reglamento de extranjería de 2025 sustituyó el arraigo social por el sociolaboral. Qué cambió, a quién afecta y qué tienes que pedir ahora en su lugar.

José Torres

José Torres

18 ago 2026 · 4 min · Revisado en 2026

Cuatro trabajadores con casco y chaleco reflectante en una obra

Si has llegado buscando «arraigo social», lo primero que tienes que saber es que ese trámite, con ese nombre y esos requisitos, ya no se pide. El reglamento de extranjería que entró en vigor en 2025 reordenó las figuras de arraigo, y lo que antes era el arraigo social hoy se llama y funciona de otra manera.

No es un cambio de nombre y nada más. Cambian requisitos, cambian los años que te piden y cambia el tipo de contrato. Vamos por partes.

Qué era el arraigo social

Era la vía por la que una persona que llevaba años en España sin papeles podía regularizar su situación demostrando dos cosas: que llevaba tiempo aquí de forma continuada y que tenía un contrato de trabajo o unos vínculos familiares que la ataban al país.

Fue durante años la puerta principal de la regularización en España. De ahí que siga teniendo más búsquedas que el trámite que lo ha sustituido: la gente lo conoce por ese nombre y se lo recomienda por ese nombre.

Qué hay ahora en su lugar

La vía equivalente hoy es el arraigo sociolaboral. La idea de fondo es la misma —llevas tiempo en España y tienes trabajo— pero los números y las condiciones son otros:

Arraigo social (antes) Arraigo sociolaboral (ahora)
Tiempo en España Tres años de permanencia continuada Dos años de permanencia continuada
Trabajo Contrato, con condiciones sobre duración y jornada Contrato, con una jornada mínima exigida
Vínculos o informe Informe de arraigo o vínculos familiares Cambian los requisitos: hay que mirar el caso
Nombre en los formularios Ya no aparece Es el que se usa hoy

La bajada de tres años a dos es el cambio que más gente afecta, y afecta para bien: hay personas que llevaban dos años y medio esperando a cumplir tres y que hoy ya pueden presentar.

¿Y si yo ya tenía el arraigo social concedido?

Tu permiso sigue siendo válido. Un cambio de reglamento no anula las autorizaciones que ya estaban concedidas: lo que cambia es cómo se piden las nuevas.

Lo que sí tienes que mirar con calma es cómo se renueva el tuyo dentro del marco nuevo, porque la renovación se hace con las reglas de hoy y no con las de cuando te lo dieron. Si tu tarjeta caduca pronto, esto te interesa: renovar tu NIE.

¿Y si presenté un arraigo social y todavía está en trámite?

Los expedientes presentados antes del cambio se resuelven conforme a las normas que había cuando se presentaron, con las reglas de transición que el propio reglamento establece. En la práctica esto significa que no tienes que volver a empezar, pero sí conviene que alguien mire tu expediente concreto.

Para ver por dónde va el tuyo: cómo consultar el estado de tu expediente.

El error que se está cometiendo ahora mismo

Se están presentando solicitudes de arraigo social a día de hoy. Con el formulario antiguo, con la documentación de los tres años y con el nombre viejo. El resultado es previsible: se inadmiten o se archivan, y la persona pierde meses y la tasa.

Si alguien te ha dicho que pidas un arraigo social en 2026, esa persona está trabajando con información caducada. Mira el nombre del trámite en el formulario antes de firmar nada.

El arraigo social no era el único arraigo

El reglamento reordenó todas las figuras de arraigo, no solo esta. Hoy hay varias vías y cuál te toca depende de si tienes contrato, de si estás estudiando o de si tienes familia española:

  • Arraigo sociolaboral, si tienes o puedes conseguir un contrato de trabajo. Es la sucesora del social.
  • Arraigo socioformativo, si lo que vas a hacer es una formación oficial en lugar de trabajar.
  • Arraigo familiar, cuando el vínculo es con una persona española.

Hay más figuras además de estas tres, y las diferencias entre unas y otras son de detalle pero deciden el resultado. Las comparamos aquí: qué tipos de arraigo hay y cuál te toca.

Qué hacer hoy

Si llevas dos años o más en España y tu situación no está regularizada, el camino más probable es el arraigo sociolaboral. Los requisitos completos, la documentación y el precio están en la ficha: arraigo sociolaboral.

Si no tienes claro si cumples —y es lo normal, porque la cuenta de los años tiene truco—, cuéntanos tu caso y te lo decimos antes de que pagues nada.

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Precio

300 €

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