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Arraigo socioformativo

Regularizar tu situación comprometiéndote a estudiar. Es la vía para quien lleva dos años en España pero no tiene una oferta de trabajo: en lugar de un contrato, presentas una matrícula en una formación oficial.

Ficha del trámite Actualizado en 2026
Precio
300 € + IVA
Plazo
3 meses
Vigencia
1 año
Permite trabajar
Limitado

Quién puede solicitarlo

Personas extranjeras con al menos dos años de permanencia continuada en España que se matriculan en una formación reglada, un certificado de profesionalidad o una formación conducente a la obtención de uno. La clave es que la formación sea oficial: un curso privado sin reconocimiento no sirve.

Requisitos

  • Dos años de permanencia continuada en España, acreditados con empadronamiento u otros documentos oficiales fechados.
  • Matrícula o compromiso de matrícula en una formación oficial: formación profesional, certificado de profesionalidad, o formación para el empleo del catálogo público.
  • No tener antecedentes penales, ni en España ni en tu país de origen ni donde hayas residido los últimos cinco años.
  • Comprometerte a cursar la formación de verdad. Si la abandonas, la autorización se puede extinguir.

Documentación que necesitas

  1. Pasaporte completo y en vigor
  2. Certificado de empadronamiento histórico que acredite los dos años
  3. Matrícula o documento de admisión en el centro de formación
  4. Certificado de antecedentes penales de tu país, apostillado y traducido
  5. Justificante del pago de la tasa

Revisamos la documentación contigo antes de presentar. El punto que más expedientes tumba es el centro de formación: comprobamos que el curso está en el catálogo oficial antes de que pagues la matrícula, no después.

Observaciones

No todas las formaciones valen. Tiene que ser reglada u oficial: formación profesional, certificados de profesionalidad o cursos del catálogo de formación para el empleo. Una academia privada sin reconocimiento oficial no sirve, aunque te den un diploma.

La autorización obliga a mantener los estudios. Si abandonas el curso, la administración puede extinguir la autorización antes de que caduque.

Permite trabajar de forma limitada, compatibilizándolo con la formación. No es una autorización de trabajo plena: si lo que buscas es trabajar a jornada completa, la vía es el arraigo sociolaboral.

Al terminar la formación se puede modificar a una autorización de residencia y trabajo. Ese es el recorrido natural, y conviene planificarlo desde el principio.

Qué pasa después de contratar

  1. Paso 01 Eliges hueco para la videollamada
  2. Paso 02 Comprobamos que tu formación es válida y que los dos años están acreditados
  3. Paso 03 Presentamos el expediente y te avisamos de cada movimiento

Lo que más se pregunta

¿Qué es el arraigo socioformativo?

Una autorización de residencia para personas que llevan dos años en España en situación irregular y se comprometen a cursar una formación oficial. Sustituye la exigencia de un contrato de trabajo por la de estudiar.

¿Qué necesito para hacer el arraigo socioformativo?

Dos años de permanencia continuada en España, matrícula en una formación reglada o en un certificado de profesionalidad, y no tener antecedentes penales. La formación tiene que ser oficial: un curso privado sin reconocimiento no vale.

¿El arraigo socioformativo permite trabajar?

Permite trabajar de forma limitada, compatible con la formación. No equivale a una autorización de trabajo plena. Si lo que necesitas es trabajar a jornada completa, la vía adecuada es el arraigo sociolaboral.

¿Qué pasa cuando termino la formación?

Puedes modificar tu autorización a una de residencia y trabajo. Es el recorrido previsto, y conviene tenerlo en cuenta al elegir la formación: cuanto más empleable sea, más sencillo es el paso siguiente.

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