Tarjeta comunitaria
La tarjeta de residencia para familiares de un ciudadano de la Unión Europea que vive en España. Permite residir y trabajar cinco años y es la puerta de entrada a la residencia permanente.
- Precio
- 300 €
- Plazo
- 3 meses
- Vigencia
- 5 años
- Permite trabajar
- Sí
Quién puede solicitarlo
Familiares de un ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza que resida en España: cónyuge o pareja registrada, hijos y ascendientes a cargo. El familiar comunitario tiene que estar ejerciendo aquí su derecho de residencia.
Requisitos
- Vínculo familiar con el ciudadano comunitario, acreditado con documentos oficiales.
- Que el ciudadano comunitario resida en España y lo pueda acreditar.
- No tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas residido antes.
- No figurar como rechazable en el espacio Schengen.
Documentación que necesitas
- Pasaporte completo y en vigor
- Documento de identidad del familiar comunitario
- Certificado de registro de ciudadano de la Unión del familiar
- Documento que prueba el vínculo, apostillado y traducido
- Certificado de empadronamiento conjunto cuando lo piden
El certificado de registro del familiar comunitario es el documento que más se olvida, y sin él no se admite la solicitud. Si tu familiar no lo tiene, hay que sacarlo antes de presentar nada.
Observaciones
No confundir con la residencia de familiar de español: desde el reglamento de 2025 son dos trámites distintos, con requisitos distintos.
La tarjeta dura cinco años. Después se pide la residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión.
Permite trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia sin autorización adicional.
Las ausencias largas de España pueden afectar a la renovación y al cómputo para la permanente.
Qué pasa después de contratar
- Paso 01 Eliges hueco para la videollamada
- Paso 02 Comprobamos el vínculo y la situación del familiar comunitario
- Paso 03 Presentamos el expediente y te avisamos de cada movimiento
Lo que más se pregunta
¿Qué diferencia hay entre tarjeta de residencia y tarjeta comunitaria?
La comunitaria se pide por ser familiar de un ciudadano de la Unión Europea y se rige por normas propias, más favorables. Las demás tarjetas de residencia siguen el régimen general de extranjería, con requisitos de medios económicos y de trabajo.
¿Cómo se saca la tarjeta comunitaria?
Acreditando el vínculo con el familiar comunitario y que este reside en España. Se presenta con el pasaporte, el documento del vínculo apostillado y el certificado de registro del familiar.
¿Cuánto tiempo se puede salir de España con la tarjeta comunitaria?
Las salidas cortas no afectan, pero las ausencias prolongadas pueden complicar la renovación y el cómputo para la residencia permanente. Si vas a estar fuera varios meses, consúltalo antes de irte.
¿Puedo trabajar con la tarjeta comunitaria?
Sí, por cuenta ajena y por cuenta propia, desde que te la conceden y sin ningún trámite adicional.
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