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Arraigo familiar
Para el padre, la madre o el tutor de un menor con nacionalidad de la UE, del EEE o de Suiza, y para quien presta apoyo a una persona con discapacidad de esas nacionalidades. Dura cinco años.
- Precio
- 300 € + IVA
- Plazo
- 3 meses
- Vigencia
- 5 años
- Permite trabajar
- Sí
Quién puede solicitarlo
Padre, madre o tutor de un menor ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza, o familiar que presta apoyo a una persona con discapacidad de una de esas nacionalidades.
Requisitos
- Encontrarse en España
- Acreditar el vínculo familiar
- Convivir con el menor y tenerlo a cargo, o estar al corriente de las obligaciones paternofiliales
- En caso de discapacidad, convivir con la persona y tenerla a cargo
- No ser solicitante de protección internacional
- No tener antecedentes penales
- No tener otro permiso en vigor ni otra solicitud de estancia o residencia pendiente
- Pagar la tasa correspondiente
Documentación que necesitas
- Impreso de solicitud EX-10
- Copia completa del pasaporte en vigor
- Certificado de nacimiento u otro documento que acredite el vínculo
- Documento de identidad del ciudadano de la UE, EEE o Suiza
- Empadronamiento conjunto
- Documentos que acrediten que el menor está a cargo o que se cumplen las obligaciones paternofiliales
- En su caso, documentos sobre la discapacidad y el apoyo prestado
- Certificado de antecedentes penales
- Justificante de pago de la tasa
El empadronamiento conjunto y la prueba de que el menor está a tu cargo son las dos piezas que deciden el expediente. Las revisamos contigo antes de presentar nada: son las que más se deniegan por un papel mal pedido.
Observaciones
Los familiares de ciudadanos españoles tienen actualmente una autorización específica distinta. Tras la concesión hay que solicitar la TIE en un mes.
Permite trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia.
Qué pasa después de contratar
- Paso 01 Eliges hueco para la videollamada
- Paso 02 Revisamos el vínculo familiar y la convivencia
- Paso 03 Presentamos el expediente y te avisamos de cada movimiento
Lo que más se pregunta
¿Qué se necesita para hacer el arraigo familiar?
Acreditar el vínculo con un menor de la UE, del EEE o de Suiza, convivir con él y tenerlo a cargo o estar al corriente de las obligaciones paternofiliales, y no tener antecedentes penales.
¿Qué es tener arraigo familiar?
Es la autorización que se concede por el vínculo con un familiar comunitario, no por el tiempo que lleves en España. Por eso no pide dos años de permanencia.
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