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Reclamaciones de cantidad
Cuando la empresa te debe nóminas, horas extra, pagas o el finiquito. Hay un año para reclamar desde que la deuda se pudo exigir, y el plazo se puede interrumpir.
- Precio
- 50 € + IVA
- Plazo
- Varios meses
- Vigencia
- Hasta finalizar
- Permite trabajar
- —
Quién puede solicitarlo
Persona trabajadora a quien la empresa debe salarios, horas extra, vacaciones, indemnizaciones u otras cantidades laborales.
Requisitos
- Existencia de una deuda laboral
- Poder calcular e identificar la cantidad reclamada
- Reclamar dentro del plazo de 1 año
- Disponer de pruebas de la deuda
- Intentar la conciliación previa cuando sea obligatoria
Documentación que necesitas
- Contrato de trabajo
- Nóminas
- Vida laboral
- Extractos bancarios
- Registro de jornada y cuadrantes
- Convenio colectivo aplicable
- Mensajes o reconocimientos de deuda
- Finiquito, si existe
- DNI, NIE o pasaporte
Trae las nóminas, el contrato y cualquier mensaje donde la empresa reconozca la deuda. Los mensajes valen: muchas reclamaciones se ganan con una conversación de WhatsApp bien guardada.
Observaciones
El plazo general para reclamar cantidades es de 1 año desde que debieron pagarse. Antes de acudir al juzgado suele ser obligatorio presentar una papeleta de conciliación.
No es un permiso de residencia: es un servicio jurídico.
Qué pasa después de contratar
- Paso 01 Reservas la consulta de 50 €
- Paso 02 Echamos la cuenta de lo que te deben con tus nóminas y tu contrato
- Paso 03 Si hay que reclamar, te pasamos las condiciones antes de empezar
Lo que más se pregunta
¿Cuánto tiempo tiene un trabajador para reclamar cantidades?
Un año desde que la cantidad se pudo exigir. Es un plazo que se puede interrumpir, por ejemplo con una reclamación previa.
¿Cuánto cobra un abogado por reclamación de cantidad?
Aquí la consulta son 50 € y en ella te decimos qué se puede reclamar. Lo que cueste la reclamación se pacta después, según lo que haya en juego.
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