En el ámbito de la movilidad internacional, existen dos tipos de autorizaciones para el traslado de personal entre empresas en España:
- Autorización por Traslado Intraempresarial ICT-UE: Esta autorización está destinada a directivos, especialistas y trabajadores en formación que se trasladan a una empresa o grupo de empresas ubicadas en España. Lo que distingue esta autorización es que incorpora el derecho a la intramovilidad dentro de la Unión Europea. Esto significa que una empresa con sede en España puede trasladar a su personal a otras oficinas dentro de la UE siguiendo procedimientos simplificados. Además, trabajadores con una autorización ICT-UE emitida en otro Estado miembro pueden ser desplazados a España previa comunicación a la UGE.
- Autorización Nacional por Traslado Intraempresarial: Se aplica en casos no cubiertos por la ICT-UE, como la ejecución de un contrato específico o relaciones profesionales (IPs). La principal diferencia con la ICT-UE es la falta de derecho a la intramovilidad en otros países de la UE.
Vigencia y Renovación: Ambas autorizaciones tienen una vigencia que coincide con la duración del traslado, con un máximo de 2 años. La autorización ICT-UE permite la renovación por períodos adicionales de 2 años, pero con un límite máximo de 3 años para directivos y especialistas, y de 1 año para trabajadores en formación.
Acompañamiento Familiar: Los familiares del personal trasladado pueden solicitar, en cualquier momento, la autorización para residir en España. Esto incluye al cónyuge o pareja de hecho, hijos menores o dependientes, y ascendientes a cargo.
¿Qué diferencia existen entre estas dos autorizaciones?
La autorización por traslado intraempresarial ICTUE incorpora el derecho a la intramovilidad UE. Ello permite que las empresas radicadas en España trasladen a sus directivos, especialistas y trabajadores en formación a sus centros en otros Estados de la Unión de acuerdo con los procedimientos simplificados de cada Estado.
Las empresas establecidas en otro Estado de la UE podrán desplazar previa comunicación a la UGE a los titulares de una autorización ICT-UE emitida en otro Estado de la Unión.
Si el extranjero se encuentra en España, ¿puede solicitarse la autorización?
Sí, siempre que se encuentre en situación legal.
Si el extranjero se encontrase fuera de España en el momento de la solicitud, una vez concedida la autorización de residencia deberá solicitar un visado.
¿Qué empresas o grupos empresariales cumplen los requisitos para solicitar la transferencia dentro de la empresa de trabajadores o gerentes altamente calificados?
Solo aquellos que cumplen uno de los siguientes requisitos:
- El tamaño medio de la plantilla de la empresa debe ser superior a 250 trabajadores, para España. Y dicha condición debe cumplirse durante los tres meses anteriores a la solicitud.
- La facturación neta anual de las operaciones en España debe ser superior a 50 millones de euros.
- El valor neto del patrimonio en España debe superar los 43 millones de euros.
- La inversión bruta promedio anual no puede ser inferior a 1 millón de euros durante los tres años anteriores a la solicitud del permiso de traslado.
- El valor de las acciones en España debe superar los 3 millones según el Registro de Inversiones Extranjeras del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
- En el caso de pequeñas y medianas empresas, deben operan en sectores estratégicos. Es decir, aquellas empresas que contribuyen al desarrollo socioeconómico del país.
Una vez se cumplan los requisitos, la empresa puede registrarse en la UGE fast-track; lo que hará que en futuras solicitudes los trámites sean mucho más fáciles y ágiles.
Aunque cada permiso de residencia tiene sus ventajas, este visado en particular ofrece muchos incentivos para los ciudadanos que no pertenecen a la UE.
¿Qué beneficios supone?
-En primer lugar, la facilidad en el proceso de solicitud. El trabajador que va a ser trasladado a la sede española puede encontrarse en España durante el proceso de solicitud, sin la necesidad de disponer de un permiso de residencia. Esto hace que todos los pasos sean mucho más simples, ya que el trabajador puede estar en el país para solventar toda la burocracia requerida con su empresa sin la necesidad de preocuparse por el tiempo que eso requerirá o su condición legal.
–Procesamiento optimizado y rápido. El procesamiento de este visado tiene un estatus preferencial, tanto en el consulado ubicado en el país de origen como en la Oficina de Extranjería en España. Esto se traduce en un rápido procesamiento de la aplicación. La visa tardará únicamente 7-10 días y 20 para la autorización de residencia.
–No se aplicarán las condiciones nacionales de empleo, manteniéndose las relaciones laborales que ya existían en el país de origen.
-Una vez que obtengas la autorización de residencia como trabajador que ha sido trasladado, podrás disfrutar de la libre circulación a en todos los estados de la zona Schengen.
-También puedes traer a tu familia a España contigo. Una vez que hagas la solicitud, tus familiares directos (cónyuge, hijos y padres en situación de dependencia) también pueden incluir la suya. Esto simplemente significa que podrán trabajar y vivir legalmente en cualquier parte del territorio nacional. ¿Cómo funciona? Tu cónyuge e hijos deben presentar la solicitud como miembros de la familia de un inversor e incluir los mismos documentos que se requieren en dicha ocasión.
Requisitos específicos
Los extranjeros interesados en este tipo de autorización deberán cumplir con los requisitos generales que exige la Ley de Emprendedores para todas las autorizaciones que regula:
- No encontrarse irregularmente en territorio español.
- Ser mayor de 18 años.
- Carecer de antecedentes penales, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español, tanto en España como en los países donde haya residido durante los dos últimos años. Adicionalmente, se presentará una declaración responsable de la inexistencia de antecedentes penales de los últimos cinco años.
- No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Contar con un seguro público o privado de enfermedad, concertado con una entidad aseguradora autorizada en España.
- Contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
- Abonar la tasa por tramitación de la autorización o visado.
Además, en lo que a esta autorización se refiere, también deben cumplirse los siguientes requisitos específicos:
Documentación de la empresa que acredite el traslado.
Existencia de actividad empresarial real y, en su caso, del grupo empresarial.
Titulación superior equiparable, al menos, al Nivel 1 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, correspondiente al Nivel 5A del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente; o conocimientos, capacidades y competencias avalados por experiencia profesional de al menos 3 años equiparable a dicha cualificación.
Existencia de una relación laboral o profesional, previa y continuada, de 3 meses con una o varias de las empresas del grupo.
¿Se puede renovar?
Para poder renovar este tipo de permiso de residencia se tendrá que solicitar la renovación dentro de los 60 días naturales previos a la caducidad de la autorización o dentro de los 90 días siguientes naturales posteriores.
Así mismo, se podrá solicitar la renovación por periodos de hasta 3 años siempre que se mantengan las mismas condiciones y con la limitación que venga recogida en los convenios colectivos de ambos países. Es decir, el país «emisor» del trabajador donde fue contratado inicialmente y España.
Ahora bien, existe una duración máxima del traslado para determinadas categorías que condiciona la vigencia de la autorización o la posibilidad de renovar:
- El traslado de directivos y especialistas será por un máximo de 3 años
- El traslado de trabajadores en formación por un máximo de 1 año.
Esto afecta especialmente al ICT UE, ya que en el caso de la autorización por traslado nacional se podría renovar durante un periodo de tiempo más extenso.
Cómo solicitar tu autorización de residencia por traslado intraempresarial
En JTEXPAT podemos ayudaros a preparar y realizar este trámite ante la UGE-CE y gestionar lo necesario con la Administración para que obtengas tu residencia por traslado intraempresarial en España. Se trata de una gestión compleja, que requiere hacer las cosas bien y estar atentos a todos los detalles que implica este tipo de solicitud.
Para ello, lo primero es conocer tu situación y comenzar a reunir la documentación imprescindible para el trámite, por lo que te recomendamos concertar una cita con nosotros por llamada o videoconferencia, incluso aunque no te encuentres en España.
Tenemos una amplia experiencia en la gestión de este tipo de trámites de extranjería, asesorándote desde el primer momento y acompañándote durante todo el proceso de solicitud. ¡Cuenta con nosotros!