Arraigo Sociolaboral: Todo lo que necesitas saber
El nuevo Reglamento de Extranjería ha introducido cambios importantes, incluyendo una nueva modalidad de arraigo: el Arraigo Sociolaboral. Esta opción permite obtener una autorización de residencia temporal si cumples ciertos requisitos y cuentas con una oferta de empleo en España.
¿Qué es el Arraigo Sociolaboral?
El Arraigo Sociolaboral es un permiso de residencia pensado para aquellos que llevan al menos dos años viviendo en España y pueden demostrar una oferta de trabajo válida. A continuación, se detallan los requisitos generales y específicos para solicitarlo.
Requisitos Generales
Residencia en España: Haber permanecido de manera continuada en el país por al menos dos años antes de presentar la solicitud.
No ser solicitante de protección internacional: No se contará el tiempo en España mientras se tramita una solicitud de protección internacional hasta que exista una resolución firme.
Sin antecedentes penales: No haber sido condenado por delitos según el ordenamiento jurídico español en los últimos cinco años.
No ser rechazable en países con convenios específicos con España.
No estar en período de compromiso de no retorno.
Pago de la tasa correspondiente.
Requisitos Específicos
Presentar uno o varios contratos de trabajo que aseguren al menos el salario mínimo interprofesional o el establecido por convenio colectivo, con una jornada semanal no inferior a veinte horas.
Es posible presentar varios contratos si se trata de trabajos estacionales o si se trabaja para varios empleadores simultáneamente.
Limitaciones del Arraigo Sociolaboral
Este tipo de arraigo está diseñado exclusivamente para quienes tienen una oferta de empleo por cuenta ajena. No contempla la actividad por cuenta propia ni la creación de un negocio. Si tu intención es emprender o trabajar por cuenta propia, deberás optar por el Arraigo Social tras cumplir dos años en España.
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