España se ha consolidado como un destino líder en Europa para el talento global y el teletrabajo. La Visa de Nómada Digital (oficialmente, Autorización para Teletrabajadores de Carácter Internacional), establecida bajo el marco de la Ley de Startups y regulada en la Ley 14/2013, ofrece una vía ágil y atractiva para que ciudadanos extracomunitarios residan en España mientras continúan su actividad profesional en remoto para clientes o empresas situadas fuera del territorio nacional.
Para los freelancers (trabajadores por cuenta propia), esta visa representa una oportunidad excepcional. Sin embargo, el éxito de la solicitud depende de una comprensión precisa de los requisitos específicos que aplican a la «actividad profesional», los cuales difieren de los exigidos a los empleados asalariados.
Esta guía definitiva ofrece un análisis experto y actualizado con los datos económicos y requisitos legales vigentes para 2025, diseñada para navegar el proceso con rigor y asegurar tu proyecto para trabajar remoto desde España.
Novedades y Cambios Clave para 2025
El marco legal de la Visa Nómada Digital España 2025 se mantiene robusto. La actualización más relevante para 2025 concierne a los requisitos económicos, que están indexados al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) español.
Actualización de Requisitos Económicos (SMI 2025)
El Gobierno ha fijado el SMI para 2025 en 1.184 € mensuales (distribuido en 14 pagas), lo que asciende a un total anual de 16.576 €.
La normativa exige que los solicitantes acrediten ingresos equivalentes al 200% del SMI. Para facilitar la demostración de ingresos mensuales recurrentes ante la administración, calculamos los umbrales para 2025 dividiendo el total anual entre 12 meses:
- Solicitante Principal (200% SMI): 33.152 € anuales.
- Equivalente mensual (referencia en 12 pagas): 2.762,67 €/mes.
- Primer Familiar a cargo (75% SMI): +12.432 € anuales (1.036 €/mes).
- Cada Familiar Adicional (25% SMI): +4.144 € anuales (345,33 €/mes).
Es fundamental utilizar estas cifras actualizadas al preparar tu documentación financiera.
Fiscalidad: Ley Beckham 2025
Se mantienen las condiciones favorables del Régimen Especial para Trabajadores Desplazados (conocido como Ley Beckham 2025). Este régimen sigue siendo uno de los mayores atractivos, permitiendo una tributación optimizada durante los primeros seis años de residencia fiscal, siempre que no se haya sido residente fiscal en España en los 5 años anteriores.
Requisitos Clave para Freelancers
Para acceder a la visa freelancer España, debes cumplir meticulosamente cuatro pilares fundamentales, según lo estipulado en los artículos 74 bis y 74 ter de la Ley 14/2013.
1. Relación Profesional Internacional y Antigüedad
El núcleo de esta autorización es el trabajo para entidades no radicadas en España. Como freelancer, debes demostrar:
- Antigüedad de la Relación: Acreditar una relación mercantil continuada de, al menos, tres meses previos a la solicitud con uno o varios de tus clientes extranjeros.
- Viabilidad del Cliente: Probar que las empresas para las que trabajas tienen una actividad real y continuada de, al menos, un año. Esto se acredita mediante certificados de incorporación o registros mercantiles del país correspondiente.
- Contratos de Servicios: Es imprescindible aportar los contratos mercantiles que detallen los términos, la remuneración y, crucialmente, que autoricen explícitamente el trabajo remoto desde España.
2. Justificación de Ingresos y la Regla 80/20
Debes demostrar solvencia económica superando el umbral de 2.762,67 €/mes (33.152 €/año).
- Justificación de Ingresos: Se admiten extractos bancarios de los últimos meses, facturas emitidas y los contratos de servicios que acrediten la cuantía pactada. La coherencia entre estos documentos es vital.
- La Regla del 80/20: Se permite trabajar para empresas ubicadas en España, pero los ingresos derivados de estos clientes españoles no pueden superar el 20% del total de tu actividad profesional. El 80% debe provenir obligatoriamente de fuentes extranjeras.
3. Cualificación Profesional o Experiencia
Debes demostrar que eres un profesional cualificado mediante una de las siguientes vías (Art. 74 bis):
- Vía Académica: Ser graduado o postgraduado de universidades de reconocido prestigio, formación profesional o escuelas de negocios.
- Vía Experiencia: Si no dispones de titulación relevante, debes acreditar una experiencia profesional mínima de tres años en funciones similares a las que vas a desempeñar como nómada digital.
4. Cobertura: Seguridad Social y Seguro Médico
Este es el aspecto más complejo para los freelancers y requiere una decisión estratégica sobre dónde cotizar:
- Opción A: Alta en España (RETA). Es la vía más directa si no existe convenio aplicable o si se prefiere. Debes comprometerte, mediante declaración responsable, a darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en España una vez concedida la autorización. Esto te proporciona acceso completo al sistema público de salud español.
- Opción B: Convenio Bilateral. Si tu país tiene un convenio bilateral de Seguridad Social con España que cubre a trabajadores autónomos (ej. EE.UU., Canadá, Reino Unido), puedes aportar un «Certificado de Cobertura» que acredite que sigues cotizando en tu país de origen, eximiéndote temporalmente de cotizar en España.
- Seguro Médico Obligatorio: Si utilizas un Certificado de Cobertura (Opción B) y este no te da acceso a la sanidad pública española, deberás contratar un seguro médico privado completo, sin carencias ni copagos, con una entidad autorizada para operar en España.
Proceso de Solicitud Paso a Paso
Existen dos vías principales para solicitar la autorización de teletrabajo internacional:
Vía 1: Desde España (Autorización de Residencia – 3 años)
Si ya te encuentras legalmente en España (por ejemplo, como turista), puedes solicitar directamente la autorización de residencia.
- Organismo: Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).
- Proceso: La solicitud se presenta telemáticamente.
- Plazo: La UGE-CE tiene 20 días hábiles para resolver. Si no hay respuesta, se considera estimada por silencio administrativo positivo (Art. 76 de la Ley 14/2013).
- Resultado: Obtienes una autorización de residencia por 3 años.
Vía 2: Desde el País de Origen (Visado – 1 año)
Si estás fuera de España, debes solicitar el visado en el Consulado español correspondiente.
- Organismo: Consulado o Embajada española.
- Proceso: Presentación de la solicitud y documentación. El plazo de resolución suele ser de 10 días hábiles.
Resultado: Obtienes un visado de 1 año. Antes de que expire, deberás solicitar la conversión a la autorización de residencia de 3 años ante la UGE-CE estando ya en España.
Listado de Documentación Necesaria
Toda la documentación extranjera debe estar debidamente apostillada (o legalizada) y traducida oficialmente al español por un traductor jurado.
- Pasaporte completo y en vigor.
- Formulario de solicitud y justificante de pago de la tasa.
- Certificados de antecedentes penales (de los países de residencia de los últimos 2 años) y declaración responsable (de los últimos 5 años).
- Documentación financiera (contratos, facturas, extractos bancarios).
- Documentación de los clientes (prueba de actividad de 1 año, registro mercantil).
- Prueba de cualificación (título) o experiencia (cartas de referencia/CV).
- Documentación de Seguridad Social (Compromiso de alta en RETA o Certificado de Cobertura).
- Seguro médico privado (si aplica).
Ventajas Fiscales: La Ley Beckham para Freelancers en 2025
Una de las mayores ventajas de esta visa es la posibilidad de solicitar el Régimen Especial para Trabajadores Desplazados (Ley Beckham), optimizando significativamente los impuestos nómadas digitales España.
¿Cómo funciona la Ley Beckham 2025?
Este régimen permite a los nuevos residentes fiscales tributar bajo normas similares al Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) durante el año del traslado y los cinco siguientes (6 años en total).
- Beneficio Principal: Un tipo impositivo fijo del 24% sobre los rendimientos de tu actividad profesional (facturación como freelancer) hasta 600.000 €. Por encima de esa cifra, el tipo es del 47%. Esto es muy ventajoso comparado con el IRPF progresivo estándar.
- Impuesto sobre el Patrimonio: Solo se tributa por los bienes situados en España, no por el patrimonio mundial.
Requisitos Clave:
- No haber sido residente fiscal en España durante los 5 años anteriores al desplazamiento.
- El desplazamiento debe ser consecuencia de la obtención de la autorización de teletrabajo internacional.
- Plazo Crítico: La solicitud (Modelo 149) debe presentarse ante la Agencia Tributaria en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de alta en la Seguridad Social en España.